Eutanasia cuyas raíces griegas significan “Buen Morir”, es un asunto sensible, pero necesario de ser tratado. Entiendo, sería posible su aplicación, a la luz de la legislación colombiana, cuando una persona que padece una enfermedad o lesión física muy grave e incurable, la cual le genera un intenso, imparable e irresistible dolor físico y sufrimiento emocional, expresa inequívocamente su decisión de partir… Tiene sentido, comprender el profundo dolor y máxima dependencia que conlleva la infortunada situación de la enfermedad terminal; entendiendo – sin juzgar – la desgarradora decisión de decir adiós a los hijos, a los seres queridos, a los amigos, a los afectos, a los paisajes y recuerdos, a los espacios vividos y recorridos y, a los momentos y lugares que nunca podrán verse y recorrerse, a fin de, en pos del anhelado alivio, atravesar el último sendero llevado del brazo de la dignidad, el que conduce a la puerta de la eternidad, como única, irreversible y última solución…
La eutanasia rebasa lo jurídico, ya que implica encaminarse con humildad en lo más profundo del sentir humano, el sentido de la libertad, de la dignidad, del respeto a la decisión extrema… Al momento, pocos países la acogen, cada uno con sus diversas aristas legales, coincidiendo en la no punibilidad del médico tratante: Bélgica, Canadá, Colombia, España, Países Bajos, entre otros. Sin embargo, el enfoque no debería ser únicamente en liberar de responsabilidad penal, entendiendo el riesgo, el juramento hipocrático y dejando a salvo la objeción de conciencia; sino comprender con profundidad y empatía el sentir del enfermo, de tal suerte que, los fríos párrafos legales, alejándose de los paradigmas, se acerquen al lecho de dolor, para apoyar humanamente, a quienes están irremediablemente muriendo en tales circunstancias… Complejo momento del enfermo, en el que, enmarcado por el amor a la vida y acompañado por el irresistible dolor, se encuentran frente a frente en una disyuntiva ineludible del azar, por un lado, el deseo y la lucha de vivir del enfermo incurable; y por otro, el intenso dolor y sufrimiento de la enfermedad; contienda en la que prevalecería el Alivio…
La Eutanasia – no soy penalista – en mi opinión no es ni constituye un suicidio, sea asistido o no; y me atrevería a decir, tampoco un homicidio (sea éste doloso, por negligencia – imprudencia o, preterintencional), ya que no existe propiamente el animus necandi del sujeto activo de matar, ni del enfermo de morir y peor contra su voluntad; sino más bien, el principal, claro y humano objetivo de ambas partes (médico y enfermo) es, el Aliviar, esto es, parar el dolor extremo, luego de haberse agotado todas las medidas y medicamentos paliativos posibles; siendo el infortunado y aceptado con resignación precio de tal medida, el fallecimiento anticipado como consecuencia consciente. Nadie quiere morir, ni siquiera el enfermo terminal, ya que la intención de éste es eliminar el dolor físico y el sufrimiento emocional, pese que para cumplir aquello, deba pagar con su vida como última opción…
La eutanasia, aprobada por la legislación, se volvería un derecho optativo a morir dignamente, siendo la decisión y responsabilidad exclusivamente del enfermo, en el uso legítimo de su ejercicio de libertad y en defensa de su dignidad. Cabe reflexionar ¿cómo puede un tercero o el Estado, obligar a alguien que haga algo, contra su voluntad, en función de lo que ellos creen que es correcto desde la zona de la salud y no desde el duro espacio de la enfermedad terminal? En ese sentido, ¿tiene derecho un tercero en la bondad de la salud o el Estado (que no puede ser dueño de la vida de nadie),para exigir heroicidad al agotado cuerpo en grave etapa terminal…?