La visa ecuatoriana se revoca en estos casos, según la Ley de Movilidad Humana

La revocatoria de la visa ecuatoriana se da cuando las personas incumplen las siguientes disposiciones de la Ley Orgánica de Movilidad Humana

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El viceministro de Movilidad Humana, Alejandro Dávalos Dávalos, revocó la visa 9 VI EC INDEFINIDA NRO AIFVNAQL, que se le otorgó a la ciudadana cubana, Alondra Santiago Rodríguez.

A Santiago se le dio la visa, aplicando los artículos 67 y 68 de la Ley Orgánica de Movilidad Humana y el numeral 3 del artículo 116 de su reglamento y con fundamento en la solicitud del Ministerio del Interior.

En el artículo 68 de este cuerpo legal se establece cuándo se da la Terminación, cancelación y revocatoria de la visa ecuatoriana.

La terminación de la visa

Esta figura legal se produce cuando se ha cumplido el tiempo para el cual fue autorizada la permanencia en el país de la persona extranjera.

La cancelación

Esta manera de retiro de la visa es un acto administrativo que se da cuando el hecho generador de la visa se extingue y posibilita solicitar una nueva condición migratoria. 

La cancelación de la visa se produce en estos casos:

1. Han desaparecido los hechos que justificaron la concesión de la condición migratoria.

2. La persona extranjera ha obtenido una nueva condición migratoria.

3. La persona practica actos de naturaleza distinta a la categoría migratoria otorgada.

La revocatoria

La revocatoria de la visa, como sanción administrativa, extingue la condición migratoria que autoriza la permanencia de un extranjero en el país.

Esta se utiliza en estos casos:

1. Ha obtenido sentencia ejecutoriada por delitos sancionados con pena privativa de libertad mayor a cinco años, conforme a las disposiciones sobre expulsión de extranjeros que determina la Ley penal.

2. Ha obtenido una condición migratoria de manera fraudulenta, debidamente comprobada, en cuyo caso será puesto a órdenes de la autoridad judicial competente. De acuerdo a los instrumentos internacionales ratificados por el Ecuador, se establecen excepciones a favor de las víctimas de trata de personas o tráfico ilícito de migrantes.

3. La persona residente que se ausente del país por dos ocasiones superando los plazos autorizados por esta Ley.

4. Ha cometido actos que atenten contra la seguridad del Estado, debidamente determinado por la autoridad competente.

Según la notificación del viceministro Dávalos, el Gobierno de Ecuador aplicó el numeral 4 de la revocatoria de la visa ecuatoriana para el caso de Alondra Santiago.