Un juez de la Unidad Judicial de Guayaquil permitió que Yuliano Salazar saliera de prisión este lunes 26 de agosto de 2024.
El joven de 22 años se encontraba en prisión preventiva mientras se investiga el presunto delito de muerte culposa, luego que atropellara a dos desconocidos que lo agredieron y amenazaron con armas de fuego.
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Sin embargo, esta decisión a favor de Salazar no le otorga la libertad absoluta, sino que se trata de una medida sustitutiva que tiene algunas condiciones.
Martín Domínguez, abogado penalista y docente de la Universidad Internacional del Ecuador (UIDE), explicó a EL COMERCIO cómo funciona este procedimiento legal.
Según detalló el especialista, lo que Yuliano Salazar recibió fue el cambio de prisión preventiva a presentación periódica ante la autoridad.
Esta medida cautelar se aplica cuando el juez comprueba que no existe un inminente riesgo de fuga del país, comentó.
“La acción fue aplicada en la fase preprocesal, mientras la investigación sigue su curso, y sirve para que el involucrado no esté en prisión mientras dura el caso, que puede ser entre uno o dos años“, aclaró Domínguez.
Es decir, que en el caso de Salazar, su libertad no es total, debido a que puede retornar a prisión si no se presenta el día y la hora indicada semanalmente o si abandona el país.
“Todo proceso y pena tiene opción a recibir medidas sustitutivas a la prisión; para ello se analizan varios factores, como si el acusado tiene antecedentes penales (…) en este caso también se podría solicitar porque la pena máxima no superaría los cinco años“, manifestó el abogado.
Posible indulto presidencial
El catedrático también se refirió a los criterios legales que se toman en cuenta al otorgar indultos presidenciales.
Esto, tras el anuncio del primer mandatario, Daniel Noboa, de apoyar legalmente a Yuliano Salazar durante la investigación, y, en caso de que fuera sentenciado como culpable, otorgarle esta figura legal.
Noboa ya había recomendado que se busquen medidas sustitutivas a la prisión preventiva, considerando la condición de discapacidad del procesado, quien tiene una afectación psicológica en un 40%.
El mandatario afirmó que los delincuentes, “quienes amenazan la paz y la tranquilidad”, deben ser procesados por la Ley y no al revés.
Sobre el tema, Domínguez aclaró que para otorgar esta facultad discrecional que tiene el Ejecutivo se deben cumplir algunos requisitos, el más importante: que un juez haya dictado sentencia en contra del procesado.
Si bien el artículo 74 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) detalla los requisitos para esta facultad, el profesional explicó que “no es necesario que el beneficiado deba estar en prisión y demostrar una buena conducta“.
¿Qué pasó en el caso Yuliano Salazar?
La noche del 7 de agosto de 2024, Salazar fue asaltado por cuatro hombres en motocicletas en el sector de Urdesa, en Guayaquil.
Según testigos, los delincuentes agredieron y amenazaron con armas de fuego al hombre, su novia y amigos.
Cámaras de seguridad del lugar captaron el robo.
Luego de unos minutos, mientras los afectados se encaminaban a denunciar el hecho ante la Policía, los asaltantes nuevamente se cruzaron para continuar intimidándolos.
En ese momento, Salazar, en un acto de defensa, atropelló a los delincuentes. Dos de ellos murieron.
Las autoridades detuvieron a Salazar; el joven recibió prisión preventiva y fue trasladado hacia el Centro de Detención Provisional de Guayaquil.
Su caso recibió el apoyo de parte de la ciudadanía y de Daniel Noboa, quienes consideran que el hecho debe ser trato por defensa personal.
Por este hecho, el estudiante podría recibir de uno a tres años de cárcel.